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Newsletter 05/2024 Fiscal

jueves, 9 de mayo de 2024

Las novedades más relevantes del Impuesto sobre Sociedades, con efectos desde el 1 de enero de 2023 y aplicables a la declaración que se presenta durante 2024, son las siguientes:

  • Se introduce un tipo de gravamen reducido del 23% para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediatamente anterior sea inferior a 1 millón de euros. 

 

  • En el caso de empresas emergentes y negocios de reciente creación, se aplica el tipo reducido del 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva. Además, se permite el aplazamiento de las cuotas del Impuesto de Sociedades durante dos ejercicios, así como la exoneración de pagos fraccionados del IS durante 2 ejercicios.

 

Se excluyen de la aplicación del tipo reducido del 15%:

  • Las empresas cuya actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y hubiera sido transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
  • Las empresas cuya actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50%.

 

  • Se permite la amortización de manera acelerada en vehículos eléctricos nuevos afectos a la actividad de la empresa y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025. Así, podrán ser amortizados en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.

 

De igual modo, también pueden ser amortizados libremente los siguientes activos:

  • Las inversiones que se realicen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que operen con energía procedente de fuentes renovables.
  • Las instalaciones para uso térmico de consumo propio que reemplacen instalaciones cuya energía operativa provenga de fuentes no renovables fósiles.

Para cualquier cuestión, no dudes en contactar con nosotros.

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