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Newsletter 05/2023 Fiscal

lunes, 29 de mayo de 2023

Los beneficios fiscales en la tributación de la empresa familiar

Las empresas familiares tienen un peso notable en la economía española, ya que representan el 89% del total de empresas existentes en el mercado, cuya afectación en el PIB del sector privado es del 57,1%, según datos publicados en el 2019, y son responsables de un 67% de los puestos de trabajo privados, con casi 7 millones de empleos. Por ello, la legislación dispone para este colectivo algunos beneficios fiscales:

Bonificación entre el 95% y el 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece reducciones estatales en el caso de las herencias o donaciones de participaciones en empresas familiares. Los requisitos para poder beneficiarse de la bonificación son:

  • El donante debe tener 65 o más años y no debe realizar las funciones de dirección que ejercía de forma habitual en la compañía o grupo familiar.
  • Los herederos deben mantener las acciones o participaciones recibidas durante un mínimo de 5 a 10 años, según la comunidad autónoma.

A pesar de ello, hay que revisar la normativa autonómica aplicable en cada caso, pues no hay que olvidar que es un tributo cedido parcialmente a las CCAA.

Exención total en el Impuesto sobre el Patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio prevé una exención total para los bienes afectos a actividades económicas y profesionales de las participaciones significativas en sociedades con actividad económica si se cumplen los siguientes requisitos:

  • La empresa debe desarrollar una actividad económica.
  • La participación del titular en la entidad transmitida ha de ser al menos del 5% individualmente, o del 20% a nivel conjunto.
  • El transmitente o uno de los miembros del grupo familiar debe ejercer funciones de dirección y percibir por ello una remuneración que represente más del 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.

Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la ganancia patrimonial obtenida por el donante que cumple con los requisitos para beneficiarse de la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones mencionados anteriormente.

Estos beneficios fiscales tienen el objetivo de fomentar la empresa familiar y su continuidad generacional. Ahora bien, plantean cierta inseguridad en cuanto a su aplicación y el criterio establecido por la administración tributaria y los tribunales respecto al grado de parentesco que alcanza la aplicación de los beneficios fiscales o la ambigüedad de determinados conceptos, entre otras.

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