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Newsletter 03/2024 Jurídico

lunes, 18 de marzo de 2024

Nuevo criterio del INSS n.º. 5/2024 de 8 de marzo de 2024

Se ha unificado doctrina declarando que el complemento por maternidad para hombres es imprescriptible y debe reconocerse con efectos retroactivos desde la fecha de reconocimiento de la pensión contributiva. Esta decisión se basa en la naturaleza accesoria del complemento respecto a la pensión principal, y establece que no puede prescribir una vez reconocida la pensión. Además, también se confirma que el complemento puede ser otorgado al padre sin afectar el que recibe la madre.

 

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los padres?

  • Ser hombre
  • Ser padre de 2 o más hijos naturales o adoptivos anteriormente al acceso a la pensión. Sin influir la edad de los hijos
  • Tener reconocida una pensión contributiva por parte del INSS en el periodo desde 1 de enero de 2016 y 3 de febrero de 2021. En concreto, dan derecho a este complemento las siguientes pensiones:
    • Jubilación ordinaria
    • Jubilación anticipada involuntaria por causa no imputable al trabajador (Por ejemplo: despido, ERE o ERTE)
    • Viudedad
    • Incapacidad permanente en cualquiera de sus grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez)
  • NO da derecho este complemento a las siguientes pensiones:
    • Jubilación parcial
    • Jubilación anticipada por voluntad del trabajador

 

Plazos para reclamar el complemento de maternidad

Hasta ahora, el INSS denegaba el complemento a aquellos pensionistas que lo solicitaban 5 años después de haber empezado a cobrar su pensión. Se basaba el INSS en que, al haber pasado más de 5 años, su derecho estaba prescrito y obligaban a los interesados a seguir recurriendo y pleiteando para hacer valer sus derechos.

 

Sin embargo, una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto esta discusión. Concretamente, la Sentencia 322/2024, de 21 de febrero de 2024 ha determinado que la reclamación del complemento de maternidad no prescribe. Los padres que han estado litigando para reclamar el complemento de maternidad por contribución demográfica van a recibir, además, una indemnización.

 

Prescripción de la reclamación en el INSS por pasar más de 5 años desde el reconocimiento de la pensión

El INSS en ocasiones alega que la reclamación está prescrita por haber transcurrido más de 5 años desde la fecha de reconocimiento de la pensión (por ejemplo, en personas que se jubilaron en el año 2016, 2017 o 2018). Sin embargo, el reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo aclara que la solicitud del complemento de maternidad no está sujeto a ningún plazo de prescripción y, siempre que se cumplan los requisitos, se debe entender reclamada en plazo.

 

Lo pueden cobrar más progenitores

Ha sido declarado por la Sentencia del Tribunal Supremo, de 17 de mayo de 2023, al determinar que el complemento puede ser disfrutado, de forma simultánea, por los dos progenitores, si se cumplen los requisitos previstos.

 

Procedimiento para obtener el complemento de maternidad

El INSS no reconoce de oficio el complemento de maternidad. Por esto, es preciso que el interesado lo solicite expresamente.

Con el reconocimiento de este complemento, se puede obtener un incremento en la pensión del:

  • 5%, si son 2 hijos
  • 10%, si son 3 hijos
  • 15%, si son cuatro o más hijos

 

 

Reconocimiento con efectos RETROACTIVOS

Lo más interesante es que el reconocimiento se hace con EFECTOS RETROACTIVOS desde la fecha de reconocimiento de la pensión, por lo que tiene un doble interés:

 

  • Te abonan los atrasos.
  • Se te reconoce el complemento para el futuro.

 

Así lo determinó la Sentencia 163/2022 del Tribunal Supremo, de 17 de febrero de 2022, que estableció que la Seguridad Social debía abonar el complemento con efectos retroactivos desde la fecha en que se accedió a la jubilación y no desde cuando se reclama.

 

¿Qué sucede si uno de los beneficiarios recibe el actual complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género?

En cuanto a la concurrencia con el actual complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género (CRBG) —aplicable a pensiones desde el 04/02/2021—, el Criterio señala que son incompatibles y que el interesado deberá optar entre uno u otro, descontándose del complemento por maternidad lo percibido por el CRBG en caso de solapamiento.

 

Se puede alegar vulneración de derecho fundamental por discriminación

Si el INSS rechaza la solicitud del interesado, procede presentar una demanda basada en la presunta violación de derechos fundamentales por discriminación, y solicitar una compensación que resarza los perjuicios sufridos durante el proceso.

 

La justicia europea, en fecha 14 de septiembre de 2023, ha estimado la indemnización adicional de los pensionistas litigantes para cubrir las costas y honorarios de abogado y posibles perjuicios causados. Se justifica al haberse visto afectados por una doble discriminación: por razón de sexo y por tener que verse obligados a acudir a los tribunales para reclamar a su derecho.

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